Personería de


Glosario

Custodia de menores

Término legal que se utiliza para describir la relación y las obligaciones entre uno de los padres y el hijo en vista de situaciones en las que ambos padres del niño no desean más compartir la relación entre sí. dicha situación puede implicar un divorcio, una anulación o una separación, en la que los niños presentes en la relación no pueden vivir con ambos padres y deben estar bajo el cuidado primario de uno de ellos, quien tomará las decisiones por el niño y cuidará de él.

Hogar sustituto

Opción alternativa que da protección al menor cuando este se encuentra en peligro, o abandono.

Inasistencia alimentaria

El art. 233 del código penal: artículo modificado por el artículo 1 de la ley 1181 de 2007. lo define: el que se sustraiga sin justa causa a la prestación de alimentos legalmente debidos a sus ascendientes, descendientes, adoptante, adoptivo, cónyuge o compañero o compañera permanente, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses y multa de trece punto treinta y tres (13.33) a treinta (30) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Proceso de restablecimiento de derechos

Proceso que inicia el instituto colombiano de bienestar familiar por encontrarse un menor de edad en condiciones de abandono, negligencia o maltrato infantil para que se restauren sus derechos.

Veeduría

Intervención que realiza el ministerio publico en un proceso con el objeto de que se garantice el debido proceso.

Albergue

Lugar físico creado e identificado como un lugar seguro, que cuenta con todos los medios necesarios para hospedar por un periodo corto, a un grupo de personas afectadas por el conflicto armado, con las garantías esenciales para garantizar la dignidad humana.

Ayudas humanitarias

Aquella entregada a personas que manifiestan haber sido desplazadas y que se encuentran en situación de vulnerabilidad acentuada.

Bacrim

Significa bandas criminales es un nombre que el estado le ha dado a los grupos emergentes de auto defensas que no se acogieron al plan de justicia y paz y aún siguen delinquiendo de manera organizada.

Damnificados

Persona que ha sufrido un daño de gravedad o una tragedia colectiva.

Declaración

Manifestación personal, verbal o escrita, donde se asegura la veracidad de esa misma declaración bajo juramento ante autoridades administrativas o judiciales. como consecuencia se presume como cierto lo señalado por el declarante hasta que se pueda acreditar lo contrario.

Denuncia

La denuncia, como dato que informa respecto de la presunta comisión de un hecho delictuoso, tiene como esencial efecto, el de movilizar al órgano competente para que inicie las investigaciones preliminares para constatar, en primer lugar, la realización de un hecho ilícito, y en segundo lugar, su presunto autor.

Derecho de petición

El código contencioso administrativo, consagran el derecho que tiene toda persona a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución; así mismo, a acceder a documentos públicos, salvo los casos que establezca la ley.

Desplazado

Un desplazado interno es alguien que es forzado a dejar su hogar, pero que se mantiene dentro de las fronteras de su país. las causas más frecuentes para que se propicie este fenómeno son: la violencia generalizada, conflictos armados y violaciones a los derechos humanos. en muchos casos los desplazados son amparados por su gobierno y en otros el mismo gobierno es causante del desplazamiento.

DPS

El departamento administrativo para la prosperidad social es la entidad del gobierno nacional que encabeza el sector de inclusión social y reconciliación, su misión es crear condiciones de prosperidad en la población vulnerable, contribuir a la reconciliación de los colombianos y promover la integración regional.

Enfoque diferencial

Es aquel que permite visibilizar las vulnerabilidades y vulneraciones específicas de grupos e individuos. partiendo del reconocimiento de la diferencia busca garantizar el principio de equidad. también se entiende como el “método de análisis, actuación y evaluación, que toma en cuenta las diversidades e inequidades de la población en situación o en riesgo de desplazamiento, para brindar una atención integral, protección y garantía de derechos, que cualifique la respuesta institucional y comunitaria"

Grupos al margen de la ley

Se entiende por grupo armado organizado al margen dela ley, el grupo de guerrilla o de autodefensas, o una parte significativa e integral de los mismos como bloques, frentes u otras modalidades de esas mismas organizaciones.

Incidente de desacato

El incidente de desacato es un instrumento jurídico con el que cuentan las personas a quienes se les ha protegido un derecho fundamental por vía de tutela y su fin es presionar el cumplimiento inmediato de la orden impartida por el juez, con la amenaza de una sanción jurídica a los funcionarios o particulares accionados que hayan vulnerado o se encuentren en curso de una vulneración de derechos constitucionales fundamentales, y que ante una orden de protección plasmada en una sentencia de tutela, se muestran renuentes al cumplimiento de dicha orden, que por demás es perentoria y de obligatorio cumplimiento. esta sanción se encuentra prevista en los artículos 27 y 52 del decreto 2591 de 1991.

Indemnización

Compensación económica que recibe una persona como consecuencia de haber recibido un perjuicio.

INVISBU

Es el instituto de vivienda de interés social y reforma urbana de bucaramanga busca desarrollar la política de vivienda social del municipio de bucaramanga, garantizando el derecho a vivienda digna de los hogares en situación de vulnerabilidad, con un talento humano competente y comprometido. asimismo, promueve proyectos de vivienda nueva, mejoramiento integral barrial, saneamiento básico y reubicación y titulación.

Mesa de participación

Es el derecho que tienen las víctimas de informarse, intervenir, observaciones, recibir retroalimentación y coadyuvar de manera voluntaria, en el diseño de los instrumentos de implementación, seguimiento y evaluación de las disposiciones previstas en la ley 1448 de 2011 y los planes, programas y proyectos implementados para fines de materializar su cumplimiento.

Notificación

La notificación es la acción y efecto de notificar (un verbo que procede del latín y que significa comunicar formalmente una resolución o dar una noticia con propósito cierto).el concepto también se utiliza para nombrar al documento en que se hace constar la resolución comunicada una notificación judicial, por otra parte, es un acto de comunicación de un juzgado o tribunal. este documento debe ser entregado a la persona o ser publicado a través de un edicto para que el destinatario conozca el lugar, la fecha y la hora en que debe presentarse a prestar declaración o intervenir por una causa judicial.

Núcleo familiar

La idea de núcleo familiar responde a una concepción moderna de la familia limitada a los vínculos de parentesco más estrechos (relaciones paternas/maternas y filiales). las familias pueden ser de uno o varios núcleos, según el número de estos vínculos. las personas no pertenecientes al núcleo se les clasifican como individuos aislados.

LGBTI

Son las siglas que designan colectivamente a lesbianas, gais, bisexuales, transexuales e intersexuales.

Política pública

Es la acción emitida por el gobierno, que busca cómo dar respuestas a las diversas demandas de la sociedad.

Prorroga

Ampliación de un plazo o tiempo para el ejercicio de un determinado derecho.

Proyecto productivo

Es aquel que impulsa el desarrollo de actividades generadoras de bienes y servicios útiles para nuestra comunidad, enmarcándose dentro del concepto de desarrollo endógeno, generando redes productivas para el desarrollo de la economía solidaria. su carácter deberá ser socialista, es decir, la finalidad no es generar ganancias que enriquezcan a un individuo, sino garantizar, la producción de bienes y servicios sin explotar a quienes lo producen directamente, garantizándoles una calidad de vida digna.

Restitución de tierras

Es el derecho que tienen las víctimas a que se les devuelva su predio cuando éste fue despojado o abandonado a causa del conflicto armado.

Recurso

El recurso de reposición está previsto tanto en la tramitación judicial como contra una resolución administrativa. en ambos casos se presenta ante la misma autoridad que dictó el acto (si se trata de un proceso judicial) o ante el órgano administrativo que dictó el acto administrativo (en cuyo caso rige la ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común). el recurso de reposición sólo se puede interponer ante las diligencias de ordenación y decretos no definitivos y se presentarán ante el secretario judicial que dictó la resolución recurrida, excepto en los casos en que la ley prevea recurso directo de revisión (art. 186 ley 36/2011, ley reguladora de la jurisdicción social).

Red unidos

Red de protección social para la superación de la pobreza extrema.

Reparación administrativa

La reparación individual por vía administrativa es el conjunto de medidas de reparación que el estado reconoce a las víctimas, por los daños que han sufrido a causa de violaciones de sus derechos humanos y de infracciones al derecho internacional humanitario, por hechos atribuibles a los grupos armados organizados al margen de la ley (guerrilla y paramilitares). se trata de una serie de medidas de reparación individual y principalmente son de carácter económico.

RUV

Registro único de victimas.

Sisben

El sisbén es el sistema de información diseñado por el gobierno nacional para identificar a las familias potenciales beneficiarias de programas sociales, que organiza a los individuos de acuerdo con el estándar de vida y permite la selección técnica, objetiva, uniforme y equitativa de beneficiarios de programas sociales que maneja el estado de acuerdo a su situación socioeconómica.

Subsidio familiar

El subsidio familiar es una prestación social que se paga en dinero, especie o servicios a los trabajadores afiliados a una caja de compensación familiar.

Subsidio de vivienda

Es un aporte en dinero, que se otorga por una sola vez al beneficiario, sin cargo de restitución, queconstituye un complemento del ahorro y/o los recursos que le permitan adquirir, construir en sitiopropio, o mejorar una vivienda de interés social.

Tutela

La acción de tutela es como se denomina al mecanismo previsto en el artículo 86 de la constitución política de colombia vigente, que se busca proteger los derechos constitucionales fundamentales de los individuos "cuando quiera que éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública"1 , es decir al no haber otro recurso para hacerlos cumplir o en el caso de que exista peligro inminente.

UARIV

La unidad de atención y reparación integral a las victimas lidera acciones del estado y la sociedad para atender y reparar integralmente a las víctimas del conflicto armado, para contribuir a la inclusión social y la paz.

Veedurías

Es el mecanismo democrático de representación que le permite a las personas y a las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión pública, respecto a las autoridades; administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o privadas encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público.

Victima

Se consideran víctimas, para los efectos de esta ley, aquellas personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño por hechos ocurridos a partir del 1º de enero de 1985, como consecuencia de infracciones al derecho internacional humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de derechos humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado interno.

Reconocimiento fotográfico

Los testigos o víctimas de delitos son llamados por los investigadores de la SIJIN o CTI a indicar dentro de un álbum fotográfico de distintas imágenes de personas, quien de estas ha sido el autor del hecho investigado o ha participado de alguna manera en él.

Reconocimiento en fila

Los testigos o víctimas de delitos son llamados por los investigadores de la SIJIN o CTI a señalar en una fila de no menos de siete personas, quien de estas ha sido el autor del hecho investigado o quien ha participado de alguna manera en él.

Diligencias

Son las solicitudes que hacen el CTI, SIJIN, fiscalía, entre otras para que se acompañe los reconocimientos, destrucciones, allanamientos, desalojos, lunes de recompensa, entre otros; para verificar el cumplimiento de la diligencia y su realización bajo el debido proceso.

Veeduría

Son las visitas, estudio y revisión que se hace de los procesos llevados en las fiscalías locales, juzgados municipales e inspecciones de policía de las actuaciones llevadas dentro de los mismos, para verificar el cumplimiento del debido proceso. estas se hacen a petición de una o ambas partes o de oficio.

Destrucciones

Es la diligencia de acompañamiento que se hace a la SIJIN, CTI y fiscalía, para verificar la destrucción de aquellos elementos que sirvieron de prueba dentro de un proceso o fueron objeto de incautación.

Incautación

Apropiación por parte de la autoridad competente de un objeto, mercancía, o bien propiedad de una persona.

Allanamientos

En derecho procesal penal es el ingreso a un domicilio con fines de investigación: el registro del lugar (búsqueda de objetos o personas relacionadas con un delito) u otro acto procesal (p. ej. trabar un embargo, sacar fotografías, etc.).

Lunes de recompensa

Es la diligencia mediante la cual se hace entrega de un dinero a quienes aportan información para el descubrimiento de un hecho delictivo y captura de los indiciados. se le llama lunes de recompensa por una campaña publicitaria que hizo la policía para dar a conocer esta estrategia contra el delito, sin embargo se puede realizar cualquier día de la semana.

El derecho de petición, es un derecho de rango fundamental porque forma parte inherente de la dignidad humana y puede ser protegido mediante la acción de tutela. Por lo tanto, cualquier persona tiene el derecho de presentar peticiones o solicitudes respetuosas ante las autoridades municipales, las cuales tienen que responder en los términos dados por la Ley.

En caso de retrasos indebidos en la tramitación y respuesta de una solicitud, la Personería Municipal de Bucaramanga es competente para solicitar a la entidad correspondiente el cumplimiento de la norma; lo cual constituye una vulneración a este derecho fundamental.

Consiste en la elaboración del escrito que contiene una solicitud dirigida a una entidad pública o particular que preste servicios públicos.

Comprende la elaboración de escritos que cualquier usuario requiera en asuntos de interés general o particular.


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Abogado

Persona con autorización legal para defender en un juicio, por escrito o de palabra, derechos o intereses de los litigantes, y también para dar dictamen sobre los temas legales que se le consulten.

Acción

(procesal) derecho que se tiene a pedir alguna cosa o la forma legal de ejercitar éste, coloquialmente, sinónimo de demanda.

Accionante

El que entabla o prosigue una acción. demandante.

Accionar

demandar. promover una acción.

Acta

Relación escrita de lo sucedido, tratado o acordado en una junta. certificación, acreditación, asiento o constancia oficial de un hecho.

Acto administrativo

Acto dictado por un órgano de la administración en el ejercicio de una potestad administrativa por el que se crea, modifica o extingue una situación jurídica individualizada.

Bien

Utilidad, conveniencia, beneficio, provecho.

Bien inmueble

Se dice de todos aquellos bienes que por contraposición a los bienes muebles, tienen una situación fija en el espacio y no son susceptibles de ser tomados o trasladados, tales como el suelo, los edificios y construcciones de todo género adheridas al terreno, por naturaleza o por accesión.

Ejecutar

Dar cumplimiento a lo dispuesto por una autoridad jurisdiccional o administrativa, en el ejercicio de sus funciones.

Fallo

Resolución o sentencia que contiene un pronunciamiento definitivo y con la que se da fin a un proceso.

Garantía

Cosa o medida que asegura o protege de algún riesgo, o que tiende a satisfacer una necesidad.

Gubernamental

Del gobierno de un estado o relacionado con él.

Ley

Regla o norma establecida por una autoridad superior para regular, de acuerdo con la justicia, algún aspecto de las relaciones sociales.

Mecanismo

Manera de producirse o de realizar una actividad, una función o un proceso.

Patrimonio

Conjunto de bienes y derechos de los que una persona es titular.

Plazo

Número de años en el que se va a devolver el préstamo.

Posesión

Detentación y disposición material de una cosa con ánimo de dueño.

Prescripción

Extinción efectiva de una situación jurídica por efecto del transcurso del tiempo.

AD-HOC

Locución que significa “para eso”.- cuando se designa temporalmente y en determinados casos, a alguien para suplir la falta del titular en una actuación. - así se dice: secretaria ad-hoc.

AD-QUO

Funcionario de primera instancia.

AD-QUEM

Funcionario de segunda instancia.

Apelación

Medio de impugnación (recurso) interpuesto ante el funcionario de primera instancia para que el superior jerárquico a efecto que éste confirme, aclare, modifique o revoque la decisión adoptada.

Apoderado de oficio

Mecanismo garantista consagrado en la ley 734 de 2002, que opera en dos eventos: 1. si el implicado no puede ser localizado y 2. o, habiendo sido citado, no compareciere dentro de los términos establecidos en la ley.

Archivo de expediente

Habrá lugar a tomar esta determinación cuando aparezca plenamente demostrado que el hecho atribuido no existió, que la conducta no está prevista en la ley como falta disciplinaria, que el investigado no la cometió, que existe una causal de exclusión de responsabilidad, o que la actuación no podía iniciarse o proseguirse, conforme a lo dispuesto por el artículo 73 del código disciplinario único.

Auto de apertura del proceso

Providencia que inicia formalmente al proceso de indagación preliminar o investigación disciplinaria (artículos 150 y 152 del c.d.u.).

Auto de archivo

Providencia expedida por el funcionario competente, cuando en el curso del proceso se configura alguna de las causales previstas en el artículo 73 del código disciplinario único.

Auto inhibitorio

Providencia mediante la cual se determina no iniciar acción disciplinaria.

Auto

Providencia mediante la cual se declara la voluntad administrativa, con el objeto de garantizar la impulsión y culminación del proceso.

Cargos

Decisión mediante la cual se compromete la responsabilidad del disciplinado porque está demostrada objetivamente la falta.

Control interno disciplinario

Oficinas encargadas de iniciar, tramitar y finalizar los procesos disciplinarios en cada entidad.

Declaración

(testimonio) hace relación a la persona que presenció un hecho; por percepción directa o por información; es testigo de los mismos - no es autor de los delitos ni sujeto procesal. rinde bajo la gravedad del juramento- es un medio de prueba para comprobar la existencia u ocurrencia de los hechos.

Destitución

Es la decisión, por la cual, a través de un proceso disciplinario, debidamente ejecutoriado en primera y segunda instancia, se separa del cargo, como sanción principal.- la accesoria, inhabilidad para ejercer cargos públicos, que puede ser de diez a veinte años o permanente.

Disciplinado

Sujeto al que se le endilga la falta disciplinaria y sobre el que recae la indagación en el proceso disciplinario.

Edicto

Escrito que se fija en lugar visible de una oficina o dependencia, con el fin de notificar providencias o decisiones cuya notificación personal no ha sido posible.

Ejecutoria

Situación de firmeza de los actos administrativos que ocurre cuando carecen de recursos, cuando ha vencido el término sin que se hubiesen interpuesto los que fueren procedentes o cuando los recursos interpuestos se hayan decidido.

Expediente

Conjunto de todos los documentos que hacen parte de una actuación administrativa o proceso.

Falta disciplinaria

Conducta o comportamiento que está incurso en el incumplimiento de deberes, extralimitación en el ejercicio de derechos y funciones, prohibiciones y violación al régimen de inhabilidades, incompatibilidades, impedimento y conflicto de intereses, sin estar amparado por cualquiera de las causales de exclusión de responsabilidad disciplinaria contempladas en el artículo 28 del código disciplinario único.

Fallo

Determinación de funcionario competente, sobre la responsabilidad del disciplinado, cuando obre prueba que conduzca a la certeza de la realización de una conducta sancionable.

Indagación preliminar

Etapa procesal inicial dentro del proceso disciplinario en el que se verifica la ocurrencia de la conducta, si esta es constitutiva de falta disciplinaria o si se ha actuado al amparo de alguna causal de exclusión de la responsabilidad disciplinaria.

Inhabilidad

Imposibilidad de desempeñar un empleo o cargo público.

Investigación disciplinaria

Etapa procesal en que identificado el posible autor o autores de la falta disciplinaria se verifica la ocurrencia de la conducta; si es constitutiva de falta disciplinaria, los motivos por los que se cometió, perjuicio causado a la administración pública y la responsabilidad disciplinaria del investigado.

NON BIS IN IDEM

Que un hecho no pueda investigarse dos veces.

Notificación personal

Tiene carácter de principal, pues de poder realizarse, se prefiere a cualquier otro tipo de notificación, por cuanto garantiza el debido proceso y que el contenido de determinada providencia fue realmente conocido por la persona que debía enterarse de ella; y se surte de manera directa e inmediata con el sujeto de derecho al cual se le quiera enterar de alguna determinación proferida dentro del proceso.

Notificación por edicto

Se presenta cuando no es posible realizar la notificación personal al cabo de ocho (8) días del envío de la citación. se fija en un lugar público visible del respectivo despacho, por término de tres (3) días (art. 107 c.d.u.).

Notificación

Es el acto solemne mediante el cual la oficina de asuntos disciplinarios entera al investigado y a los demás interesados de una determinación unilateral o providencia, constituyéndose en el punto de partida para el cómputo de términos.

Poder disciplinario preferente

Potestad de la procuraduría general de la nación o de la personería para avocar el conocimiento, iniciar, proseguir, adelantar y asumir aquellos asuntos que tramitan las demás dependencias de control disciplinario cuando lo consideren procedente.

Procedimiento ordinario

Procedimiento generalmente seguido en la oficina de asuntos disciplinarios para el trámite de los procesos disciplinarios seguidos contra los funcionarios y que se encuentra señalado en la ley 734 de 2002.

Procedimiento verbal

Proceso especial establecido en el código disciplinario único en los casos en que el sujeto disciplinable sea sorprendido en el momento de la comisión de la falta o con elementos, efectos o instrumentos que provengan de la ejecución de la conducta, cuando haya confesión y en todo caso cuando la falta sea leve. también se aplicará a faltas gravísimas de acuerdo al inciso segundo del artículo 175 del código disciplinario único.

Proceso disciplinario

Conjunto de actuaciones administrativas adelantadas por la oficina de asuntos disciplinarios, con el fin de determinar y establecer la responsabilidad de los servidores públicos, cuando en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de éstas, incurran en cualquiera de las conductas o comportamientos previstos en el código disciplinario único que conlleve incumplimiento de deberes, extralimitación en el ejercicio de derechos y funciones, prohibiciones y violación del régimen de inhabilidades, incompatibilidades, impedimentos y conflicto de intereses, sin estar amparado por cualquiera de las causales de exclusión de responsabilidad disciplinaria contempladas en el artículo 28 del c.d.u.

Proceso

Desarrollo lógico y secuencial de una actividad determinada por fases o etapas tendiente al logro de un objetivo.

Prueba

Procedimiento para el acopio de evidencia, interpretación y significación para aceptar o rechazar una hipótesis, es decir “todo lo que sirve para darnos la certeza acerca de la verdad de una proposición. la certeza está en nosotros, la verdad en los hechos. aquella nace cuando uno cree que conoce ésta; mas por la fabilidad humana, puede haber certeza donde no haya verdad y viceversa”.

Queja

Información que se da a conocer a la oficina de asuntos disciplinarios de conductas irregulares de los servidores públicos.

Quejoso

Persona que presenta la queja ante la administración.

Recurso de apelación

Es un recurso mediante el cual el disciplinado lleva el proceso ante el superior jerárquico. se materializa en el principio de la doble instancia y procede generalmente contra los autos interlocutorios y las sentencias para aclararlas, modificarlas o aclararlas.

Recurso de queja

Impugnación que procede contra la decisión que rechaza el recurso de apelación.

Recurso de reposición

Impugnación interpuesta por el interesado o su apoderado debidamente constituido, dentro del plazo legal, para buscar que el mismo funcionario que dictó la providencia, la aclare, modifique o revoque.

Recurso

Opción o garantía que los ciudadanos tienen frente al estado para solicitar la revisión o reconsideración sobre cualquier medida que los afecte.- acto del administrado a través del cual solicita a una entidad pública la modificación, revocación o aclaración de una decisión.

Suspensión en el cargo

Sanción impuesta como consecuencia de un proceso disciplinario, ejecutoriado en primera y segunda instancia.- separación del ejercicio del cargo en cuyo desempeño se originó la falta disciplinaria y la inhabilidad especial que no podrá ser inferior a treinta días ni superior a doce meses.

Suspensión provisional en el cargo

Es una decisión adoptada con fundamento y apoyo en el artículo 157 del c.d.u.- suspensión provisional del servidor público sin derecho a remuneración alguna es una medida precautelar dentro del proceso disciplinario. no constituye sanción ni antecedente disciplinario.

Traslado

Disposición del expediente a las partes (descargos). surtida la notificación personal o desfijado el edicto del auto de cargos (a partir del día siguiente de surtido uno de los dos trámites), el disciplinado o su apoderado dispondrán de diez (10) días hábiles para presentar descargos y solicitar y/o aportar pruebas que pretendan hacer valer, el expediente permanecerá a disposición del interesado en la secretaria del correspondiente despacho.

Versión libre

Es aquella diligencia voluntaria libre de todo apremio que rinde una persona natural, por cuanto presuntamente obran imputaciones en su contra- tiene como objetivo, determinar la individualización o identificación de quienes puedan ser partícipes de un hecho que genere acción disciplinaria.- con derecho a no auto incriminarse, mediante la narración libre y espontánea de los hechos.